El gabinete aprobó un estado de prevención que cobrará vigencia mañana. Las medidas fueron propuestas por el ministerio de Salud para contener los contagios por covid–19. La norma estará vigente los próximos 15 días.

Foto archivo: Agencia Guatemalteca de Noticias AGN

Esta tarde en Consejo de Ministros se conocieron las recomendaciones de la cartera de Salud para evitar el avance de contagios de covid-19. Estas sirvieron para establecer un Estado de Prevención en todo el país. Las restricciones se publicarán en el Diario de Centro América mañana, miércoles 14 de julio.

La decisión se toma ahora que el semáforo de alertas indica que la Ciudad de Guatemala se encuentra en rojo, color al que no había llegado desde septiembre 2020.

De acuerdo con la Secretaría de Comunicación Social:

• Se prohíbe el expendio y comercialización de bebidas alcohólicas fermentadas o destiladas, así como su consumo en la vía pública, establecimientos comerciales abiertos al público, cualquiera que sea su categoría o naturaleza, incluyendo discotecas, restaurantes, comedores, centros nocturnos, cantinas, bares, expendios de dichas bebidas, hoteles, moteles o pensiones, supermercados, automercados, abarroterías, tiendas de conveniencia y establecimientos comerciales similares; de lunes a domingo, de las dieciocho horas (18:00) a las seis horas (6:00) del día siguiente.

• Limitar la celebración de reuniones al aire libre en aquellos casos en que los asistentes no cumplan con el distanciamiento físico, el uso de mascarilla y medidas de bioseguridad que garanticen el no contagio. No se prohíben las manifestaciones siempre y cuando se cumpla con las medidas de bioseguridad ya establecidas por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social.

• Se prohíbe la circulación o estacionamiento de vehículos cuyos conductores o pasajeros no cumplan con las medidas sanitarias respectivas, en lugares, zonas y horas que afecten o puedan poner en riesgo la vida y seguridad de las personas, así como el funcionamiento de los servicios públicos.

• Con relación a la reunión, grupo o manifestación pública que se lleve a cabo sin la debida autorización o, si habiéndose autorizado, se efectuare sin cumplimiento de las medidas sanitarias necesarias, portando armas u otros elementos de violencia, se procederá a conminarlos al cumplimiento de estas conforme lo establecido en la Ley de Orden Público, y a su disolución cuando la salud y seguridad pública lo amerite.

Las autoridades de Salud recuerdan las normas sanitarias vigentes:

• Uso obligatorio de mascarilla en todo espacio o lugar público, establecimientos estatales o públicos, espacio o lugar privado abierto al público, lugares privados de servicios de acceso restringido y de cualquier clase de transporte o tránsito. El incumplimiento será sancionado con medidas administrativas y penales que correspondan. Se exceptúa del uso de mascarilla a los menores de 2 años de edad y aquellas personas que, por su condición médica, cuenten con una contraindicación certificada por un profesional de la salud.

• Debe cumplirse con el distanciamiento físico de por lo menos un metro y cincuenta centímetros, evitando el contacto innecesario.

• Todas las personas deberán cumplir con limpieza y desinfección frecuente y apropiada de manos con gel que contenga alcohol mayor al sesenta por ciento (60 %) o jabón antibacterial.

El ministerio de Salud reportó 2,963 nuevos casos de covid–29, la muerte de 35 personas, para un total de 322,120 contagios y 9,756 fallecidos desde el 13 de marzo de 2020 cuando se conoció el primer caso.

Fuente: ojoconmipisto.com


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